Actualiza antes del 30 de abril tus datos identificativos en tu banco, si no quieres que te cancelen las cuentas

Todas las entidades financieras estan obligadas a disponer de una copia digitalizada de determinados documentos de sus clientes para poder verificar su identidad, su actividad económica o profesional o el origen de sus fondos, según la Ley 10/2010 de Prevención de Blanqueo de Capitales.
El incumplimiento de este requisito legal nos obligaría a cancelar las cuentas contratadas por los clientes que no aporten dicha documentación.
Esta documentación debe ser aportada antes del 30 de abril de 2015.
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