5. Viviendas de protección oficial
Las viviendas de protección pública son más baratas y están destinadas a sectores de la población que no tienen recursos económicos suficientes para comprar un piso de precio libre. El principal problema es que estas viviendas sociales son escasas.
Para que una vivienda se considere protegida debe estar calificada así por el Gobierno o bien por la Comunidad Autónoma correspondiente, que son los organismos encargados de determinar el precio, tanto si se trata de un inmueble nuevo como de segunda mano.
Bajo la denominación de vivienda protegida se encuentran las Viviendas de Protección Oficial y las viviendas sociales.
Las Viviendas de Protección Oficial (VPO) tienen que cumplir los siguientes requisitos:
– Protección del Estado de las fases de promoción, construcción, la venta al primer propietario y el uso como residencia habitual de la vivienda de protección oficial.
– El usuario tiene la obligación de dedicarla a domicilio habitual y permanente.
– La superficie máxima del piso será 90 metros cuadrados.
– Pueden de ser propietarias de este tipo de vivienda las personas físicas o jurídicas -empresas, cooperativas- pero sólo podrán considerarse usuarios las personas físicas como familias, parejas, etc.
– La renta anual que una familia puede tener para poder optar a una vivienda de protección oficial es de entre 9.000 y 33.000 euros, aunque puede haber alguna variación dependiendo de cada Comunidad Autónoma).
– Durante el régimen de protección oficial, que dura 20 años, el piso sólo se puede vender al precio tasado por la Administración.
Las Viviendas Sociales tienen que cumplir estos requisitos:
– Protección del Estado de las fases de promoción, construcción, la venta al primer propietario y el uso como residencia habitual de la vivienda social.
– Destinadas a los sectores sociales con menores ingresos: que no superen 2,5 el salario mínimo interprofesional.
– Los precios de venta son inferiores a los establecidos en el régimen general de las viviendas de protección oficial.
– El solicitante tiene que haber vivido en el municipio donde se construye la vivienda como mínimo un año.
Cumpliendo los requisitos, y con bastante suerte para ganar el sorteo que las adjudica, permiten acceder a una vivienda a precio razonable.
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