Ojo: Ahorra dinero cuando vayas a cancelar la hipoteca.
Nos ha llegado un correo que cuenta cómo cancelar la hipoteca cuando hemos realizado el último pago que nos quedaba y cómo conseguir pagar la mitad por ello. Como nos ha parecido muy interesante lo hemos mejorado con nuestras palabras aportando más información de interés:
Para dar por finalizada la hipoteca hay que hacer una serie de gestiones. El banco suele «facilitarnos» la gestión, previo pago de una cantidad de dinero muy a tener en cuenta. Ese dinero que se paga al banco por la cancelación se puede reducir a la mitad, si somos nosotros los que nos ocupamos de realizar esas gestiones. Por lo que parece, en ocasiones llegan a decir que este «papeleo» no lo podemos hacer por nuestra cuenta, cuando eso no es cierto, ya que si podemos gestionarlo nosotros mismos. Además, nos piden una provisión de fondos para hacer frente a las gestiones a realizar, del que nos devolverán el dinero que sobre, sin especificar cuanto nos devolverán.
Las gestiones a realizar son las siguientes:
1) Solicitar a nuestro banco o entidad financiera el certificado de deuda cero, o lo que es lo mismo, el justificante de que no le debemos nada. Suelen cobrar entre 100 y 200 euros, aunque deberían hacerlo gratis.
2) Con ese certificado de deuda cero hay que llevarla a un notario para solicitar una escritura de cancelación de hipoteca que debe firmar un apoderado del banco (para lo cual no es necesaria nuestra presencia, a no se que se trate de un crédito hipotecario en lugar de un préstamo hipotecario).
3) El Notario nos entregará previo pago de su minuta la escritura de cancelación de hipoteca original.
4) Dicha escritura hay que llevarla a Hacienda en tu correspondiente Comunidad Autónoma para la liquidación del «impuesto de Actos Jurídicos Documentados» que en la actualidad está exento(formulario 600).
5) Una vez liquidado el impuesto hay que presentar la escritura en el correspondiente Registro de la Propiedad y en un plazo máximo de 2 a 3 meses dicho Registro nos la devolverá con una anotación de haber dado de baja la hipoteca.
En este punto se podría solicitar una Nota simple al Registro de la Propiedad y comprobar que no existen otras cargas.
El problema es que el coste del notario del banco es más alto, y que hay otra serie de gastos por intermediación: Algunas entidades cobran comisiones por la emisión del certificado de deuda cero. Además existe un coste de gestoría por las gestiones que hay que hacer con la documentación ante Hacienda y el Registro de la Propiedad que ronda los 250-300 euros.
Algunos bancos te cobran por el desplazamiento del apoderado a la notaría para la firma de la escritura de cancelación una comisión de 150-200 euros. Sin embargo, esto no es legal ya que, según indica el Banco de España, la entidad no debe cobrar nada por el desplazamiento del apoderado.
Consejos:
1) Normalmente, estos cargos lo paga el dueño del inmueble y no el banco. No obstante, consulte la escritura de constitución de la hipoteca, allí se debe recoger quién hace frente al pago.
2) Si te toca a ti pagar esos gastos, realiza las gestiones tu mismo y te ahorrarás todos esos gastos y comisiones.
3) Si no se realiza el último paso para cancelar la hipoteca en el registro de la propiedad, el registro de la propiedad la cancelará de oficio pasados 20 años, sin coste alguno. Sin embargo, como limitación, durante esos 20 años constará que sigue existiendo una hipoteca y la posibilidad de poder pedir más préstamos puede verse mermada.





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